Vacaciones y descanso por maternidad

A FEMLEGAL nos llegan consultas relacionadas con la maternidad de muy diversa índole, pero también una de las que más se repiten es la relacionada con las vacaciones y los descansos por maternidad. Vamos a intentar solventar algunas dudas:

  • si las vacaciones prefijadas anteriormente coinciden con un descanso por maternidad o paternidad, las vacaciones podrán ser disfrutadas a posteriori, al reincorporarse después de ese descanso, incluso si ya transcurrió el mismo año natural. Por ejemplo, iniciamos nuestro descanso por maternidad en noviembre 2015 sin haber disfrutado vacaciones, podremos pasarlas a 2016, una vez que nos tengamos que incorporar.
  • Igualmente válido si el descanso se refiere al período de descanso por riesgo durante el embarazo o la lactancia (válidos sólo para la madre), que como sabéis tenemos disponible en algunos casos hasta los nueve meses de edad del bebé.
  • Se deben disfrutar en el momento inmediatamente siguiente a ese período de descanso, es decir, unirse.
  • Se sigue generando derecho a vacaciones durante el período de suspensión por descanso por maternidad, riesgo… .

Así que la situación legal en este momento en nuestro país para poder alargar un poco más el de por sí “corto” período de descanso por maternidad o paternidad pudiera ser: descanso correspondiente hombre/mujer + vacaciones “viejas” + vacaciones “nuevas” + horas o período de lactancia según corresponda y una posible reducción de jornada por cuidado de hija/o.

En estos casos es bien importante atender al convenio colectivo, puesto que tanto el derecho de acumular las horas de lactancia en días completos de descanso (+/- dos semanas más) y una posible reducción de jornada sin coste para el salario en una hora diaria, son derechos frecuentemente reconocidos en la negociación colectiva.

Aún así, seguimos declarando el permito de maternidad, y el de paternidad por supuesto, como escaso para el fin para el que se ha creado y sobre todo discriminatorio para la lucha contra la desigualdad de género. Para ello, nuestro legislador podría estar copiando de las legislaciones nacionales de otros países que llegan a reconocer permisos de hasta dos años, para ambos progenitores, igualitarios.

Algunas iniciativas:

https://www.change.org/p/por-un-permiso-de-maternidad-paternidad-de-32-semanas-en-españa

https://www.change.org/p/congreso-de-los-diputados-que-se-alargue-el-periodo-de-descanso-por-maternidad

https://www.change.org/p/ministerio-de-sanidad-servicios-sociales-e-igualdad-ampliar-la-baja-laboral-por-maternidad-a-un-año-de-duración

Si necesitas asesoramiento ya sabes, escríbenos a femlegal@femlegal.es

FEMLEGAL

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