A FEMLEGAL nos llegan consultas relacionadas con la maternidad de muy diversa índole, pero también una de las que más se repiten es la relacionada con las vacaciones y los descansos por maternidad. Vamos a intentar solventar algunas dudas:
- si las vacaciones prefijadas anteriormente coinciden con un descanso por maternidad o paternidad, las vacaciones podrán ser disfrutadas a posteriori, al reincorporarse después de ese descanso, incluso si ya transcurrió el mismo año natural. Por ejemplo, iniciamos nuestro descanso por maternidad en noviembre 2015 sin haber disfrutado vacaciones, podremos pasarlas a 2016, una vez que nos tengamos que incorporar.
- Igualmente válido si el descanso se refiere al período de descanso por riesgo durante el embarazo o la lactancia (válidos sólo para la madre), que como sabéis tenemos disponible en algunos casos hasta los nueve meses de edad del bebé.
- Se deben disfrutar en el momento inmediatamente siguiente a ese período de descanso, es decir, unirse.
- Se sigue generando derecho a vacaciones durante el período de suspensión por descanso por maternidad, riesgo… .
Así que la situación legal en este momento en nuestro país para poder alargar un poco más el de por sí “corto” período de descanso por maternidad o paternidad pudiera ser: descanso correspondiente hombre/mujer + vacaciones “viejas” + vacaciones “nuevas” + horas o período de lactancia según corresponda y una posible reducción de jornada por cuidado de hija/o.
En estos casos es bien importante atender al convenio colectivo, puesto que tanto el derecho de acumular las horas de lactancia en días completos de descanso (+/- dos semanas más) y una posible reducción de jornada sin coste para el salario en una hora diaria, son derechos frecuentemente reconocidos en la negociación colectiva.
Aún así, seguimos declarando el permito de maternidad, y el de paternidad por supuesto, como escaso para el fin para el que se ha creado y sobre todo discriminatorio para la lucha contra la desigualdad de género. Para ello, nuestro legislador podría estar copiando de las legislaciones nacionales de otros países que llegan a reconocer permisos de hasta dos años, para ambos progenitores, igualitarios.
Algunas iniciativas:
https://www.change.org/p/por-un-permiso-de-maternidad-paternidad-de-32-semanas-en-españa
Si necesitas asesoramiento ya sabes, escríbenos a femlegal@femlegal.es
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