Subsidio por riesgo durante la lactancia

¿Conoces el subsidio por riesgo durante la lactancia?

Todas conocemos la infinidad de trabas que tiene una mamá que ha optado por la lactancia materna cuando se incorpora a su trabajo fuera de casa. Cierto es que se han introducido algunas medidas legislativas como las reducciones de tiempo de trabajo o la acumulación de períodos de lactancia que pueden favorecer prolongar un tiempo más esta situación, pero lejos estamos de un auténtica conciliación laboral y familiar que promueva una lactancia natural durante el tiempo que recomienda la Organización Mundial de la Salud.

Recientemente se ponía en contacto conmigo una mamá que había ganado judicialmente la batalla contra aquellos que le habían denegado lo que la ley ponía en su mano, poder disfrutar ella y su bebé de una lactancia materna natural sin riesgos durante al menos 9 meses de vida de su criatura.

Comentándolo con otras compañeras, la verdad es que esta era una opción más que desconocida, por eso queremos aportaros algunas claves para que estéis informadas y, en su caso, podáis luchar con las mismas ganas que esta mamá por lo que era su derecho y el de su bebé:

  • para que este subsidio se produzca, tiene que ser en determinados puestos de trabajo en los que haya un riesgo elevado para la salud de la mamá que redunde en su lactancia, es decir, debe existir, de manera sucesiva, la identificación de riesgos específicos en el puesto de trabajo (no vale cualquier puesto de trabajo, sino aquel en el que los riesgos están identificados, categorizados, por ejemplo: combustibles, pesticidas…), la imposibilidad de adaptación de las condiciones del puesto específico (es decir, añadir o modificar algunas condiciones de tu puesto para eliminar ese riesgo, por ejemplo, la turnicidad, la nocturnidad…) y por último la imposibilidad de cambio de la trabajadora a otro puesto que no tenga esos riesgos. Cuando se dan estas tres condiciones, entraría en juego el subsidio.
  • El derecho es tanto de la madre como del bebé, ya que el derecho se produce cuando el desempeño de la actividad laboral pueda influir negativamente en la salud de la mujer o en la del hijo menor de 9 meses y así se certifique por los servicios médicos de la entidad gestora o mutua correspondiente.
  • Tanto para autónomas como para trabajadoras por cuenta ajena.
  • El subsidio es el equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de IT derivada de contingencias profesionales.

Imaginaros, una trabajadora de una gasolinera, una veterinaria rural con su furgoneta cargada de vacunas, muestras biológicas, medicamentos, vigilantas de seguridad con turnos de 12 horas , celadora de un servicio de urgencias… Al menos, en estos casos (y en algunos más) la ley protege a la mamá y al bebé, pero aún quedan empresas que no lo entienden y tenemos que pelear condiciones, una a una…

Tienes alguna duda más? Lo conocías? Estás o podrás estar en alguna situación como estas? Desde Femlegal, podemos ayudarte! Escríbenos a femlegal@femlegal.es y te contaremos cómo.

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